Seguro de vida dependencia

 

Como una modalidad propia o como una modalidad dentro del seguro de vida han surgido, sobre todo a raíz de la ley conocida como Ley de Dependencia, esta modalidad de seguros, que en mejorsegurovida.com podemos contratar para nuestros clientes en unas condiciones ventajosas.

¿Qué son los seguros de dependencia?

Los seguros de dependencia cubren situaciones relacionadas con la Dependencia, es decir, es una protección en caso de tener alguna limitación para realizar las tareas cotidianas del día a día normal de las personas. Si por determinadas circunstancias a lo largo de nuestra vida entramos en una situación de dependencia, este seguro te proporcionará la protección económica necesaria, mediante la prestación de un capital que puede ser si se opta por esta opción en forma de renta.

Pero no solo se trata de una prestación económica cuando somos declarados legalmente dependientes, si no que también, dependiendo de cada aseguradora este seguro incluye garantías opcionales como es la prestación de servicios en el hogar, teleasistencia, asesoramiento telefónico o ayuda a domicilio.

¿Para qué sirven?

La ley de Dependencia aprobada en el año 2006, reconoce el derecho de los españoles a ser atendidos por el Estado en caso de ser declarados formalmente como personas dependientes. A día de hoy en el año 2020 todos conocemos o sabemos de alguien en nuestro entorno que estando en una situación de dependencia, el Estado no se hace cargo de él, o por lo menos no con la intensidad que debiera.

El seguro de dependencia está destinado a cubrir en parte esta falta de medios del Estado. Las necesidades de una persona dependiente son innumerables, siendo muchas de ellas atendidas con un ingreso económico fijo con el cual la persona dependiente pueda cubrir parte de sus necesidades.

Seguros de vida para personas dependientes

Como hemos indicado, las necesidades de una persona dependiente son innumerables, aunque contando con un capital económico nunca podrán cubrirse todas, pero será más fácil.

Bien como seguro de dependencia individual, bien como cobertura dentro de un seguro de vida, tenerlo contratado nos proporciona una gran tranquilidad en caso de que por alguna circunstancia pasemos a ser considerados personas dependientes.

Hay que señalar que existen 3 tipos de dependencia:

  • Grado I. Dependencia moderada. La persona requiere ayuda en actividades de su vida diaria al menos una vez al día.
  • Grado II. Dependencia severa. La persona requiere ayuda para realizar varias tareas dos o tres veces al día pero sin necesitar el apoyo total de un cuidador.
  • Grado III. Gran Dependencia. La persona requiere ayuda para realizar tareas más de tres veces al día y, en caso de tener pérdida total de autonomía, requiere un apoyo permanente de un cuidador.

Contratar seguros de dependencia

En mejorsegurovida.com podemos buscarle la mejor opción tanto si desea suscribir un seguro de vida con coberturas de dependencia, tanto si desea suscribir un seguro de dependencia individual . Sin ser el mismo tipo de seguro, cualquiera de las dos opciones sirven para el mismo fin.

Requisitos

Cada aseguradora tiene sus propias condiciones de suscripción, pero lo normal es que se pueda contratar a partir de los 18 años, y hasta los 70 ó 75 años, con una edad de renovación de 80 ó 85 años.

Asimismo, la aseguradora exigirá previo a la contratación un formulario o cuestionario en el cual el asegurado además de firmar, deberá realizar ciertas declaraciones sobre su estado de salud.

 
 

Coberturas de un seguro de dependencia

Dependiendo de la forma en que deseemos cubrir con un seguro un posible estado de dependencia, las coberturas varían o pueden ser más amplias

La suscripción de un seguro de dependencia puro dará posibilidad de contratar más garantías que si se hace en un seguro de vida con cobertura de dependencia. En este segundo caso, lo normal que ofrece el mercado es cubrir un capital en casos de dependencia severa (Tipo II) o gran dependencia (Tipo III).

Sin embargo en un seguro de dependencia, además de esto mismo, es posible incluir que este capital se cobre en forma de renta mensual vitalicia, es posible también incluir garantías complementarias como pueden ser:

Capital para primeros gastos para hacer frente a los gastos iniciales como adaptación de la vivienda

Cobertura de asistencia familiar como:

  • Orientación y asesoramiento telefónico sobre temas médicos, información a familias, apoyo y orientación o asesoramiento legal
  • Teleasistencia ante posibles urgencias
  • Ayuda a domicilio. Posibilidad de solicitar a la aseguradora a una persona que acuda a su domicilio, bien sea para labores de limpieza o del hogar, para acompañamiento de citas médicas etc.

Exclusiones

Los riesgos excluidos varían entre aseguradoras, pero habitualmente existen ciertos riesgos excluidos comunes como pueden ser:

  • Práctica de deporte de riesgo
  • Siniestros derivados de consumo de alcohol o estupefacientes
  • Preexistentes no declarados inicialmente
  • Siniestros causados voluntariamente o por negligencia grave del asegurado
  • Por participación en actos ilícitos

Igual de importante que conocer las exclusiones, es saber que pueden existir casos en los cuales la póliza establezca una carencia en todas o algunas garantías. Si tiene cualquier duda en la contratación, nosotros le asesoraremos para que contrate el seguro más adecuado a sus necesidades.

¿Cuánto cuesta un seguro de dependencia?

Como hemos dicho, la Dependencia se puede garantizar con los seguros, bien a través de un seguro de dependencia, bien a través de un seguro de vida que incluya cobertura de dependencia. En este segundo caso, las primas tienden a ser mayores, pues es un seguro que cubre otras circunstancias además de la dependencia, como es el fallecimiento.

En un seguro de dependencia, las primas suele ser más baja, y en ambos casos, la edad y el capital son los principales factores a la hora de determinar la prima del seguro.

Nuestros acuerdos especiales con las aseguradoras le garantizan el mejor seguro al mejor precio. Consúltenos por nuestros seguros para cubrir la dependencia rellenando el formulario de más abajo o por cualquier de nuestros medios de contacto, y le proporcionaremos varios presupuestos personalizados.

Preguntas frecuentes

¿QUIÉN PUEDE CONTRATAR EL SEGURO?

Cualquier persona que cumpla los requisitos que establezcan las aseguradoras son susceptibles de contratar un seguro de dependencia o un seguro de vida con cobertura de dependencia.

¿CON QUÉ EDAD?

La edad de contratación suele ser desde los 18 años hasta los 70 ó 75 años y la edad de permanencia hasta los 80 ó 85 años.

¿QUIÉN COBRARÁ LA INDEMNIZACIÓN?

Tanto si se trata de un seguro de dependencia, como en un seguro de dependencia, el beneficiario de la prestación es el propio asegurado.

¿SON OBLIGATORIOS?

No se trata de seguros obligatorios. O existe normativa legal que obligue a contratar estos seguros. Ahora bien, siendo esto así, debemos plantearnos la posibilidad de que nadie está exento sufrir un siniestro que nos lleve a una situación de dependencia.

Las familiares y allegados que tiene una persona en estas circunstancias conocen las necesidades especiales de este tipo de personas, y la ayuda no solo económica de este tipo de seguros los hacen altamente recomendables. El tener que cuidar de una persona dependiente es una carga enorme, que con la ayuda de estos seguros se sobrelleva de otra manera al no tener que preocuparnos por el tema económico.

FISCALIDAD DE LOS SEGUROS DE DEPENDENCIA

Este tipo de seguros tienen ventajas fiscales que los hacen altamente recomendables.

Las primas aportadas a los seguros de dependencia pueden ser desgravadas en la declaración de la renta, reduciendo la base imponible general, con un límite de 8.000 € al año.